Derecho de petición

Última revisión 16/02/2022

El derecho de petición es un derecho fundamental cuya titularidad corresponde a toda persona física o jurídica, con independencia de su nacionalidad, y que está recogido en el artículo 29 de la Constitución y desarrollado en la Ley Orgánica 4/2001. Es un derecho que se puede ejercer de forma individual o colectiva y consiste en la facultad de dirigirse a los poderes públicos para, o bien poner en conocimiento de estos ciertos hechos, o reclamarles una intervención, o ambas cosas a la vez. No obstante, no serán objeto de este derecho aquellas peticiones para cuya satisfacción el ordenamiento jurídico establezca un procedimiento específico, ni las que ya sean objeto de un procedimiento parlamentario, administrativo o un proceso judicial.

En caso de que la petición se dirija al Senado, los artículos 77 de la Constitución y 192 a 195 del Reglamento del Senado, son los que regulan el ejercicio de este derecho fundamental.

Los escritos de presentación de peticiones deberán incluir la identidad del solicitante o solicitantes, nacionalidad, domicilio para la práctica de notificaciones, destinatario de la petición, así como su objeto.

Se ofrece un posible formulario para presentar las peticiones, si bien su utilización no es obligatoria, admitiéndose la presentación por medio de cualquier escrito siempre que contenga los datos antes señalados.

En caso de que se use el formulario, una vez sea completado, deberá ser imprimido, firmado y entregado de forma presencial ante el Registro General del Senado o remitido por correo ordinario.

Una vez presentadas las peticiones, serán examinadas por la Comisión de Peticiones.

En el Informe que debe emitir en cada periodo ordinario de sesiones, que es objeto de consideración por el Pleno del Senado, figurará la decisión adoptada respecto a cada petición, con indicación, en su caso, de la autoridad a la que se ha remitido para su contestación. Las contestaciones que se reciban a las peticiones se trasladarán a sus autores.

Acceso a los Informes de la Comisión de Peticiones